| Concepto | Definición | |
|---|---|---|
| Patrimonio Mundial | El Patrimonio Mundial es la categoría internacional de bienes excepcionales y más representativos de la riqueza y diversidad cultural y natural del mundo establecida en la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural y aprobada en la 17ª Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, celebrada en París el 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972. Corregir lo anterior. | |
| Lista del Patrimonio Mundial en Peligro | La Lista del Patrimonio Mundial reúne aquellos sitios culturales, naturales y mixtos que por su gran valor, los países miembros de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial de UNESCO de 1972 se obligan a identificar, conservar, revalorizar y transmitir a las presente y futuras generaciones para su conocimiento y disfrute; por lo cual, se comprometen en su protección y salvaguarda. | |
| Valor Universal Excepcional | “Valor universal excepcional significa una importancia cultural y/o natural tan extraordinaria que trasciende las fronteras nacionales y cobra importancia para las generaciones presentes y venideras de toda la humanidad. Por lo tanto, la protección permanente de este patrimonio es de capital importancia para el conjunto de la comunidad internacional. El Comité define los criterios de inscripción de los bienes en la Lista del Patrimonio Mundial.” Por ende, “el concepto fundamental que sustenta la Convención del Patrimonio Mundial es el de “Valor Universal Excepcional… es la piedra de toque que valida todos los bienes inscritos. Una propuesta de inscripción tiene por principal objeto explicar en qué consiste el bien, por qué posee un posible Valor Universal Excepcional y de qué modo podrá mantenerse, protegerse, conservarse, administrarse, monitorearse y darse a conocer dicho valor” (UNESCO. Elaboración de propuestas de inscripción en la lista del Patrimonio Mundial – 2014. pág. 8) | |
| Lista Indicativa del Patrimonio Mundial | Es la lista de bienes que un Estado Parte de la Convención de 1972 tiene la intención de proponer para su inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial en el transcurso de los próximos cinco o diez años. Este inventario puede ser actualizado en todo momento. Es un paso de suma importancia dado que el Comité del Patrimonio Mundial no puede considerar una propuesta de inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial a menos que el bien ya figure en la Lista Indicativa del Estado Parte. | |
| Criterios de selección | Para que un sitio sea incluido en la Lista del Patrimonio Mundial, debe poseer Valor Universal Excepcional (VUE), por lo cual debe cumplir al menos uno de los diez criterios. Estos criterios son revisados de forma regular por El Comité. Hasta finales del año 2004, los bienes del Patrimonio Mundial eran seleccionados sobre la base de seis criterios culturales y cuatro naturales. Con la adopción de la versión actualizada de las Directrices Prácticas sobre la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial, existe únicamente un conjunto de diez criterios. |
| Nombre | Detalle | |
|---|---|---|
| Criterio (i) | Representar una obra de arte del genio creador humano. | |
| Criterio (ii) | Atestiguar un intercambio de influencias considerable, durante un período concreto o en un área cultural o determinada, en los ámbitos de la arquitectura o la tecnología, las artes monumentales, la planificación urbana o la creación de paisajes. | |
| Criterio (iii) | Aportar un testimonio único, o al menos excepcional, sobre una tradición cultural o una civilización viva o desaparecida. | |
| Criterio (iv) | Constituir un ejemplo eminentemente representativo de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre uno o varios períodos significativos de la historia humana. | |
| Criterio (v) | Ser un ejemplo eminente de formas tradicionales de asentamiento humano o de utilización tradicional de las tierras o del mar, representativas de una cultura (o de culturas), o de la interacción entre el hombre y su entorno natural, especialmente cuando son vulnerables debido a mutaciones irreversibles. | |
| Criterio (vi) | Estar directa o materialmente asociado con acontecimientos o tradiciones vivas, con ideas, creencias u obras artísticas y literarias que tengan un significado universal excepcional. (El Comité considera que este criterio debería ser utilizado preferiblemente de manera concomitante con otros criterios). | |
| Criterio (vii) | Representar fenómenos naturales o áreas de belleza natural e importancia estética excepcional. | |
| Criterio (viii) | Ser ejemplos eminentemente representativos de las grandes fases de la historia de la tierra, incluido el testimonio de la vida, de procesos geológicos en curso en la evolución de las formas terrestres o de elementos geomorfológicos o fisiológicos de mucha significación. | |
| Criterio (ix) | Ser ejemplos eminentemente representativos de procesos ecológicos y biológicos en curso en la evolución y el desarrollo de los ecosistemas y en las comunidades de plantas y animales, terrestres, acuáticos, costeros y marinos. | |
| Criterio (x) | Contener los hábitats naturales más representativos y más importantes para la conservación in situ de la diversidad biológica, comprendidos aquellos en los que sobreviven especies amenazadas que tienen valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia o de la conservación. |
Entidad responsable:
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Se encontraton registros
| Código | Nombre | Reseña | Tipo | Tipo Categoria | Criterios | Estado |
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| Nombre | Geom |
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| Nombre | Geom |
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| Nombre | Tipo Patrimonio | Tipo Archivo |
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| Concepto | Definición | Estado | Editar | Acción |
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| Concepto | Definición | Estado | Editar | Acción |
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| Código | Usuario | Nombres | Apellidos | Estado |
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